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En estas empresas, durante los meses de mayo y junio no deben hacer nada en el programa, puesto que se les siguen aplicando las mismas exenciones que tenían hasta ahora. 

De julio en adelante, las empresas que continúen en erte total por no haber reincorporado a ningún trabajador, deben entrar en la pantalla de Regulación de empleo, seleccionar a todos los trabajadores y marcar el icono de arriba

Esto se tiene que hacer para que el programa aplique en todos los trabajadores de esta empresa las exoneraciones correspondientes, que en este caso son: 

  • Empresas de menos de 50 trabajadores:
    • Julio : 70% de exoneración
    • Agosto: 60% de exoneración
    • Septiembre: 35% de exoneración
  • Empresas de mas de 50 trabajadores: 
    • Julio: 50% de exoneración
    • Agosto: 40% de exoneración
    • Septiembre: 25% de exoneración

 

En el momento en que se reincorpore el primer trabajador, el proceso a seguir es el mismo que hasta ahora.