Según la normativa, uno de los dos progenitores podrá aplicar la reducción por renta conjunta, aunque los dos puedan aplicarse el mínimo por descendientes. Si, se puede hacer la renta conjunta con los hijos menores siempre que no convivan los progenitores aunque tengan la custodia compartida. Tendrías que marcar U.f monoparental , el hijo con Imputación E/O, situación especial vacío y en la parte inferior los datos del otro progenitor.