– Cuando tenemos que calcular unos atrasos porque en una inspección de trabajo nos han dicho que hay subirle las horas a los trabajadores y con carácter retroactivo, es decir, hacia atrás hasta una fecha en concreto, para calcular esos atrasos debemos poner el nuevo % de jornada en todos los meses que componen el atraso, no solo en el mes de referencia. Si no se hace así, el programa no calcula ningunos atrasos.